- ¿Mi Social Security o mi CPP/OAS de Canadá cuentan como pensión vitalicia?
- Sí. Se aceptan pensiones gubernamentales de Estados Unidos y Canadá, así como pensiones corporativas y privadas administradas por un fondo, fideicomiso, aseguradora o banco.
- ¿Tengo que comprar el inmueble antes de aplicar?
- Para Inversionista Calificado, puede usarse un contrato de promesa de compraventa mientras se formaliza la venta. Para Solvencia Económica y Países Amigos, el inmueble o el depósito deben estar constituidos al momento de presentar.
- ¿Puedo financiar el inmueble?
- Solo el monto que exceda el mínimo de tu vía. Los primeros US$300,000 en Inversionista Calificado, US$300,000 en Solvencia Económica o US$200,000 en Países Amigos deben ser capital propio; el excedente puede financiarse con un banco local.
- ¿Puedo trabajar en Panamá?
- La vía de Países Amigos permite solicitar permiso de trabajo. La vía de Pensionado está diseñada para jubilados y no lo incluye.
- ¿Tengo que vivir en Panamá a tiempo completo?
- No se exige una estadía mínima para obtener la residencia. Mantenerla activa sí requiere ingresos periódicos al país; te asesoramos sobre los detalles según tu vía.
- ¿Pagaré impuestos en Panamá sobre mi pensión o mis ingresos del exterior?
- Panamá grava solo la renta de fuente panameña. Las pensiones e ingresos de inversión del exterior generalmente no pagan impuesto aquí. Sigues sujeto a las reglas de tu país de origen; coordinamos con tu asesor tributario en Estados Unidos o Canadá.
- ¿Tengo que comprar a través de BROKRS?
- No. Puedes traer tu propio inmueble; revisamos el título y gestionamos la parte legal en cualquier caso.